Argentina | 16 de diciembre de 2020
Como en 2018, miles hicieron el aguante en las inmediaciones del Congreso. La marea verde volvió a las calles, convocada por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Hubo vigilias en todo el país, en las plazas, en las casas y en las redes.
Las claves del proyecto
Las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana 14 inclusive.
Fuera de ese plazo, sólo si:
EN UN PLAZO MÁXIMO DE 10 DÍAS
Toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en un plazo máximo de 10 días corridos desde su requerimiento.
MENORES DE EDAD
a) Las personas menores de 13 años podrán solicitar una IVE mediante su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal.
b) Lxs adolescentes de entre 13 y 16 años, se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. En esos casos será necesario, además de su consentimiento, el asentimiento de al menos uno/a de sus representantes legales. (artículo 26 del Código Civil y Comercial).
c) Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.
OBJECIÓN DE CONCIENCIA
El o la profesional de salud tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Deberá derivar a la paciente para que sea atendida sin dilaciones y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.
No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.
Las clínicas privadas que cuenten sólo con objetores, deberán garantizar la derivación. En el sector público deberán garantizar la atención con profesionales no objetores.
EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL Y SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
El Estado Nacional, las Provincias, la CABA y los Municipios tienen la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, así como capacitar a docentes y personal de la salud.
MODIFICACIONES DEL CÓDIGO PENAL
Se fijan diferentes penas para lxs profesionales de la salud que dilaten, obstaculicen o se nieguen a practicar la IVE en contravención de la normativa vigente.
Cosecha Roja/AlbaTV
Categorías: Derechos Humanos - Género - Mujeres
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